DERECHOS DE LA MUJER

DERECHOS DE LA MUJER
La igualdad de Estatus y derechos Humanos de la Mujer ha ganado un nuevo momento en los 90tas. La Conferencia mundial sobre Derechos Humanos ha reconocido  los Derechos humanos de Mujeres y niñas como parte Inalienable, Indivisible e Integral de los Derechos Humanos Universales (Vienna Declaración y Programa de Acción, secc. I, para. 18; and secc. II, pars. 36-44), e hizo un llamado a los Gobiernos y Las Naciones Unidas para su reconocimiento así como para que su implementación sea una actividad Prioritaria. La Cuarta Conferencia Mundial Sobre la Mujer celebrada en Beijing en 1995, reafirmo, refino y expandió aun más las recomendaciones hechas La Declaración y el Programa de Acción en Viena.

 
Muchos Estados han Fortalecido la habilidad de la mujer para ejercer sus Derechos. Muchos Gobiernos han dado pasos para que se reflejen mejor esos Derechos en las Leyes Nacionales. Adicionalmente, algunos Países han levantado sus reservas contra "La Convención sobre la Eliminación de la  Discriminación Contra la Mujer'. Varios Estados se han embarcado en la tarea de la planeación a nivel Nacional de acciones que apoyen La igualdad de Derechos para los Géneros, como objetivo para el ano 2000. Medidas a nivel Nacional incluyen también cambios en las Leyes tanto Constitucional, así como Penal, prohibiendo la violencia domestica, el asalto sexual y la mutilación genital femenina; promulgando políticas de emancipación; y el establecimiento de estructuras gubernamentales responsables del manejo de las leyes orientadas a la protección del género. Nuevas Leyes han sido adaptadas para promover el avance político de la mujer así como apoyar el empleo de mujeres en los servicios públicos. Cambios en las leyes sobre la Familia han establecido protección adicional para la mujer en caso de discriminación económica después de un divorcio. La creación de varios programas educativos para la mujer ha sido reconocida ampliamente como uno de los medios más fundamentales de mejoramiento del bienestar social de la mujer así como también de toda la comunidad. La educación dota a las mujeres del conocimiento, las destrezas y recursos necesarios para mejorar sus vidas. La Prioridad debe ser otorgada a la eliminación de las barreras sociales y culturales que continúan excluyendo a la mujer y las niñas de programas regulares de educación. 
 
Aun con todos esto ejemplos de progreso, la mujer continua siendo sujeto de una desproporcionada violación de los Derechos Humanos. Desde Violencia domestica Hasta el Brutal e Inhumano tratamiento en zonas de guerra, desde dañinas practicas de tradiciones (que en algunos casos no respetan ni la vida de la mujer), hasta el más escandaloso infanticidio femenino, El status que continúa siendo Intolerable. Discriminación y 

Desigual acceso a las fuentes de los recursos económicos y sociales, resulta en una negación directa de los derechos económicos, sociales y culturales de la Mujer. Aquellas con necesidades específicas, son sujeto de una mayor y más profunda marginalización debido a barreras como: raza, lenguaje, grupo étnico, cultura, religión, discapacidad, clase o estatus social. La Mujer es a menudo privada de acceso a un empleo remunerado, lo cual  es  crucial para alcanzar auto-gestión y mejorar las condiciones de vida de sus familiares. La Violencia de género  y discriminación contra la mujer no deben ser toleradas ya más en silencio o pasar sin ser castigadas. De continuar esto degrada no sólo a la mujer sino a toda la raza Humana.
En adición al mandato especifico de El Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer, otros cuerpos de tratados para los Derechos Humanos, están prestando más atención al asunto de Igualdad de Estatus y Derechos Humanos de la Mujer. Sus altos mandos están ahora en el proceso de planificación de un seminario que considerara como asuntos de género pueden ser incorporados en los comentarios generales, recomendaciones y guías de sus organismos. El comité de Derechos en Asuntos económicos, Sociales y Culturales ya ha realizado una enmienda a sus recomendaciones y guías basados en reportes de grupos Estatales que incluye información relacionada a asuntos de género.
   
Mayores esfuerzos para mejorar la condición de la Mujer a través de mundo son necesarios. Los Derechos Humanos de la Mujer son una responsabilidad de todos: Gobiernos, Organizaciones Internacionales y la Sociedad Civil. Una contribución particular se espera de Organizaciones no Gubernamentales envueltas en los asuntos relacionados con Genero, Las cuales durante las Conferencias de Viena y Beijing probaron que el impulso proveniente de la Sociedad Civil y sus Organizaciones son factores esenciales en los esfuerzos de la comunidad internacional  por el respeto de los Derechos Humanos.


 

 TRAS DOS SIGLOS DE REIVINDICACIONES POR PARTE DE LO MOVIMIENTOS FEMINISTAS, NOS ENCAMINAMOS HOY HACIA UN MUNDO DÓNDE LA IGUALDAD DE DERECHOS ENTRE EL HOMBREY LA MUJER NO ES UNA MERA ILUSIÓN. A CONTINUACIÓN OFRECEMOS UNA LISTA DE DERECHOS OBTENIDOS POR LAS MUJERES TRAS SU PROLONGADA LUCHA.

 EN OCCIDENTE

Vestimenta y salud
1.    Toda mujer tiene derecho a depilarse, maquillarse, vestir ropa ajustada, calzar tacos altos, llevar dietas prolongadas e injertarse prótesis en varias partes del cuerpo. Cualquier actividad que cause dolor y dañe su salud con tal de verse más atractiva a los ojos de los hombres es un derecho natural e inalienable de la mujer.
2.    Se desprende del anterior que toda mujer tiene derecho a lucir su microbikini en pleno invierno. En caso de resfrío la mujer tiene derecho a cubrirse con minifalda y blusa escotada.
3.    Toda mujer que ejerza los derechos anteriores y además sea bonita tiene derecho a cantar y actuar aunque desafine cuando canta el "feliz cumpleaños" y actúe peor que Arnold Schwarzenegger.
4.    Toda mujer que cumpla con lo dicho anteriormente tiene derecho a recibir su doctorado en física termonuclear o biología marina, sin haber asistido a ningún curso.
5.    Toda mujer fea tiene derecho a participar de un reality show donde dos carniceros cirujanos con un marcador negro, tres serruchos, un martillo, un cincel, una motosierra y una cortadora de césped a explosión les hagan algunos pequeños ajustes.

       Familia 

1.    Toda mujer tiene derecho a mantener relaciones sexuales con otras mujeres si es para fotografiarlo, filmarlo y subirlo a internet. Pero si es para formar un hogar, adoptar un hijo o criar un canario, ni ha
Política 

Toda mujer tiene derecho a gobernarAlemania, Chile y Argentina. Se espera que en un futuro cercano este derecho se expanda también a los países que empiezan con B, D y E. Un siglo más y se apoderarán de todo el abecedario. Tiembla Zimbawe.

1.    Toda mujer tiene derecho a enviar a su marido a ocupar el puesto de presidente del país en el mandato inmediatamente anterior al suyo.

En Argentina 

1.     Toda mujer tiene derecho a aparentar ser Presidenta siempre y cuandosu marido tome las decisiones.
2.     Toda mujer tiene derecho a ser famosa y inolvidable si filma un video porno y lo sube a internet.

En España 

1.    Toda mujer tiene derecho a formar parte del gabinete de Zapatero.
2.    Toda mujer o mujeres tienen derecho a ganar un debate o una discusión en la que participen uno o varios hombres en su contra si se alega que estos están en su contra porque son unos machistas.

En Estados Unidos 

1.    Toda mujer que haya sido violada tiene derecho a disparar al violador, siempre y cuando luego se fugue de la ley con su compañera; y ambas acaben por lanzarse con su auto a un precipicio, preferentemente en el Gran Cañón del Colorado.
En el Mundo Musulmán
1.    Toda mujer tiene derecho a guardar silencio, cualquier palabra que diga podrá ser usada en su contra en una corte de la ley religiosa.
2.    Toda mujer tiene derecho -incluso la obligación- de proteger cada centímetro de su cuerpo de los peligros del sol y el aire libre.
3.    Toda mujer tiene derecho a construir su propia casa de piedra. Los hombres deberán proveerle el material de construcción si la mujer comete adulterio.
4.    Toda mujer tiene derecho a ser canjeada por no menos de 10 camellos, incluso si la mujer vale menos de 5.
5.    Toda mujer tiene derecho a mantener querellas con las otras mujeres de su marido.

V. Los derechos humanos de las mujeres:

Nadie pone en duda el trascendental valor que la Declaración de los Derechos Humanos, como los demás instrumentos relativos a los mismos, representan para la humanidad. No obstante, las mujeres refutamos el hecho de que su nacimiento ha estado fuertemente ligado a la idea del ser humano centrada en la imagen del hombre - varón- es decir, que esos derechos humanos sólo han tenido como referencia al sexo masculino, que se considera como el paradigma de lo humano, sin que se tomara en cuenta la manera de sentir, pensar, luchar y vivir del sexo femenino, que representa la otra parte de la humanidad, pero que ha sido invisibilizada y se le niega el reconocimiento de sus derechos específicos y simplemente se la incluye como formando parte integrante del hombre.
Es innegable que a través de los siglos, la concepción patriarcal que ha prevalecido en el mundo, ha sido plasmada en los distintos instrumentos nacionales e internacionales, al considerar al hombre (varón) como paradigma de la humanidad; situación que se ha reflejado en los derechos humanos, en su lenguaje, en sus ideas, valores, costumbres y hábitos, pues los mismos sólo tienen como referencia a una parte de la humanidad: la masculina, a través de cuyos sentimientos y pensamientos se nos ha ubicado en la sociedad, como seres inferiores, sumisas y dependientes, sin derecho a nuestra propia identidad genérica.
Es preciso conceptualizar el término patriarcado, el cual debe ser entendido como la supremacía masculina institucionalizada. Es cierto que desde su surgimiento, que según se dice se originó en Mesopotamia en el cuarto milenio antes de Cristo y que se extendió gradualmente por el mundo, el patriarcado también ha tenido numerosos desafíos; no obstante, ha sido el feminismo el primer movimiento que lo desafía propiamente como tal, al exigir las mujeres ser tratadas como seres humanas con derechos: el derecho a la integridad física, es decir a la integridad de nuestros cuerpos; el derecho al trabajo, a la educación, a la cultura, al acceso al poder; el derecho a una vida sexual y reproductiva plena y sana; el derecho a conservar nuestros ingresos; el derecho a acceder a la tierra y a las facilidades financieras; el derecho a ser tratadas con dignidad, en fin, gozar efectivamente, en igualdad de condiciones y oportunidades, de los derechos de que gozan los hombres.
Los distintos movimientos de mujeres a nivel mundial, han continuado la labor de promoción y vigencia efectiva de nuestros derechos y libertades fundamentales, luchando por una reformulación global de los Derechos Humanos con perspectiva de género, con fundamento en que si bien es cierto, como hemos visto en los párrafos anteriores, que el reconocimiento de los derechos humanos comprende de manera general al hombre y a la mujer, no menos cierto es, que la realidad práctica, evidencia que los instrumentos internacionales y los mecanismos de derechos humanos, invisibilizan las necesidades, deseos y demandas de las mujeres, pues tales instrumentos no toman en cuenta sus especificidades, pues sus derechos humanos son sistemáticamente violados, además de ser victimizadas por ser mujeres, sin que tales hechos sean considerados como violación a los derechos humanos.
Es así, que entre los conceptos derechos humanos, mujer y violencia, existe una vinculación muy íntima, porque aunque parezca obvio que los derechos humanos de la mujer, están teórica y formalmente contenidos en el concepto de derechos humanos, nuestro mundo cotidiano revela una realidad bien diversa. El hecho es que la gran mayoría de las legislaciones internas e internacionales, convenios, acuerdos y tratados; en la actuación de los Estados-Parte comprometidos con los documentos sobre la igualdad que firmaron y ratificaron e inclusive, en la propia Declaración Universal de los Derechos Humanos; en la actuación de los diversos grupos no gubernamentales que trabajan en pro de los derechos humanos, se puede constatar que las cuestiones específicas de las mujeres reciben tratamiento secundario y marginal, por cuanto los mismos sólo tienen como referencia a una parte de la humanidad: el sexo masculino, que es considerado como el paradigma de lo humano.
Para comprender esto mejor, basta señalar por ejemplo, que la Declaración de los Derechos Humanos proclamada en 1948, para definir los derechos humanos de la persona, tomó como base el término genérico "hombre", que aún cuando incluye a la mujer, no la refleja; no la define como ser individual y por tanto, este concepto no tomó en cuenta las diferencias humanas y principalmente las especificidades de las mujeres. Fue en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, celebrada en Viena en 1993, que la comunidad internacional organizada, por primera vez, se vio precisada a declarar y reconocer que los derechos de las mujeres son también humanos, al señalar que "los derechos humanos de la mujer y de la niña son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales".
Lo anterior encuentra su explicación, en que dichos documentos fueron elaborados en foros constituidos mayoritariamente por hombres, representantes de un modelo ideológico eminentemente patriarcal y no es de sorprender entonces, que no hayan tomado en cuenta nuestra manera de sentir, pensar, luchar y vivir. Esta es la razón de que los movimientos de mujeres, nos hayamos instalado en rebeldía en el escenario interno e internacional, denunciando el desprecio a nuestros derechos y exigiendo que las diferencias biológicas entre los sexos, no se traduzcan en desigualdades en el plano social, jurídico, político, económico, familiar, etc.
En ese sentido, consideramos que el logro más visible del género femenino, es el de haber colocado en la agenda pública mundial, la temática de la mujer en todos sus aspectos, especialmente la referida a la violencia contra la mujer como una violación a sus derechos humanos. La violencia contra la mujer, constituye un grave problema social a nivel mundial, que ha sido hasta las últimas décadas, considerado como un problema del ámbito privado, no siendo hasta años recientes, ante las constantes demandas de las mujeres y de grupos femeninos organizados, que se ha logrado ponerlo en la palestra pública, para tratar de prevenirlo, erradicarlo y sancionarlo.
Y es por ello, que se considera necesario, evaluar la efectividad de los instrumentos y mecanismos, en el campo de los derechos humanos, en la perspectiva de su reformulación, para que cumplan efectivamente su objetivo de salvaguardar los derechos fundamentales de toda la humanidad, por cuanto existe una cantidad de actos violatorios a los derechos humanos de las mujeres, que no se encuentran contemplados en los diversos instrumentos jurídicos relativos a estos derechos.